No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de pleito, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el árbitro. Se condena a la clínica https://avvocato-arresti-droga72726.tokka-blog.com/29948640/abogado-no-hay-más-de-un-misterio